Sentencia para los 10 de Teuchitlán: justicia tardía pero histórica
Un tribunal condenó a los 10 hombres detenidos en el Rancho Izaguirre por homicidio calificado y desaparición. Sentencia histórica con muchos pendientes: faltan los mandos altos del CJNG y los funcionarios cómplices.
Sentencia para los 10 de Teuchitlán: justicia tardía pero histórica
Publicado el 7 de julio de 2025 · Categoría: Justicia
Un tribunal de enjuiciamiento estatal, con sede temporal en Aguascalientes (con jurisdicción extraordinaria por seguridad), declaró culpables a los 10 hombres detenidos en septiembre de 2024 en el Rancho Izaguirre de Teuchitlán por su participación en delitos de homicidio calificado y desaparición cometida por particulares. La sentencia, firme al cierre de junio, fue celebrada como un avance histórico: por primera vez, un grupo operativo del Cártel Jalisco Nueva Generación recibe una condena formal por los crímenes específicos de un sitio de exterminio. Las penas, según el comunicado de la Fiscalía Anticorrupción, oscilan entre 50 y 70 años para cada uno de los condenados.
Pero, como suele ocurrir con las sentencias importantes, la celebración llega acompañada de muchos pendientes. Detrás de los 10 condenados están las cadenas de mando del cártel, los funcionarios de los tres niveles de gobierno que protegieron el sitio, las identificaciones de víctimas que aún están por completarse, y las indemnizaciones a familias que apenas comienzan a procesarse.
Lo que la sentencia condenó
Los 10 hombres detenidos en septiembre de 2024 durante un operativo de la Guardia Nacional en el Rancho Izaguirre fueron acusados, principalmente, de los siguientes delitos:
Homicidio calificado —agravado por la calidad de víctimas y la planeación del acto—. La pena establecida en el código penal de Jalisco para este delito puede alcanzar hasta los 70 años.
Desaparición cometida por particulares. La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, aprobada en 2017, establece este tipo penal para diferenciar a los actores no estatales. Las penas son severas y, por mandato de la ley, se acumulan al delito principal.
Delincuencia organizada, en su modalidad calificada por las víctimas y los métodos.
La sentencia no incluyó, hasta donde se conoce, condena por delitos contra mujeres trans o feminicidios específicos, aunque parte de las víctimas identificadas en pertenencias halladas en el rancho son mujeres. Las colectivas trans y feministas presionaron durante el proceso para que se incluyera el ángulo de género, pero el tribunal —según las versiones disponibles— decidió mantenerlo dentro de los tipos genéricos. Esa es una crítica que organizaciones civiles han mantenido pública.
Lo que la sentencia NO condenó
La sentencia es, en términos comparativos, importante. También es, en términos absolutos, insuficiente. Lo que falta:
Los mandos altos del CJNG. Los 10 condenados eran operadores de un sitio. Sus jefes —quienes ordenaban las operaciones, quienes diseñaron el modelo de exterminio, quienes financiaron la infraestructura— siguen libres. La Fiscalía General de la República y la Fiscalía Estatal han anunciado que el caso continuará abriendo nuevas líneas de investigación, pero al cierre de junio no había imputaciones formales contra mandos altos.
Los funcionarios cómplices. El alcalde de Teuchitlán, José Ascensión Murguía, fue señalado en investigaciones de la Fiscalía Anticorrupción de recibir 70 mil pesos mensuales del CJNG, ayudar en la captura de víctimas y arrojar restos a una zanja del rancho. Está procesado, pero su caso aún no llega a sentencia. Y faltan, además, los funcionarios estatales y federales que pudieron haber tenido conocimiento del sitio y no actuaron. La cadena de complicidades institucionales sigue siendo, mayoritariamente, un capítulo abierto.
Las identificaciones de víctimas. De los 1,300 objetos personales hallados en el rancho, solo una fracción ha sido vinculada con personas reportadas como desaparecidas. Familias de al menos seis personas en Veracruz, así como de Tabasco, Michoacán, Jalisco y Guerrero, identificaron pertenencias en el catálogo. Las pruebas genéticas de los fragmentos óseos calcinados son técnicamente complejas y avanzan lentamente. La identificación plena podría tomar años.
Las indemnizaciones a familias. La Ley General de Víctimas establece derechos económicos y simbólicos para familias de víctimas de desaparición forzada. La aplicación efectiva de esos derechos requiere trámites complejos en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y en sus contrapartes estatales. La mayoría de las familias afectadas por el rancho aún no han accedido a estas reparaciones.
El precedente histórico
A pesar de los pendientes, la sentencia de los 10 sienta un precedente importante. Es la primera vez que un grupo operativo de un sitio de exterminio del crimen organizado en México es condenado de manera coordinada y con cargos que reconocen tanto el homicidio como la desaparición forzada. Eso abre puerta a procesos similares en otros sitios que las colectivas han identificado en al menos 10 entidades.
El modelo procesal —tribunal con jurisdicción extraordinaria por razones de seguridad, integración de varios delitos específicos, participación de organizaciones civiles como acusadoras coadyuvantes— puede replicarse. Las defensoras de víctimas que participaron en el proceso (entre ellas, organizaciones como JT México, A Dónde Van los Desaparecidos, y abogados privados que apoyaron pro bono a familias) han sistematizado la experiencia para compartir con otros casos.
La voz de las familias
Para las familias que identificaron pertenencias de sus hijos, hijas, hermanos y hermanas en el catálogo del rancho, la sentencia es un consuelo amargo. No trae a sus seres queridos de vuelta. No completa, todavía, las identificaciones que les permitirían hacer un duelo ritual. No alcanza a los responsables últimos. Pero sí instala la memoria de que el sitio existió, de que el horror tuvo lugar, de que un Estado finalmente reconoció lo que durante años se había encubierto.
Los testimonios de las familias en las audiencias —reproducidos parcialmente por medios— son lectura difícil. Las palabras de una madre de un joven veracruzano cuyas pertenencias aparecieron en el rancho: "Ahora sé que mi hijo no se fue de la casa. Que no me abandonó. Que lo desaparecieron. Eso, al menos, ya nadie me lo puede quitar."
Lo que sigue
Esta plataforma seguirá el caso en sus próximos episodios: la apertura de procesos contra mandos altos del CJNG, la sentencia del alcalde Murguía, la identificación de víctimas, las reparaciones a familias. El Rancho Izaguirre marcó, en marzo de 2025, un parteaguas en la conversación pública sobre desaparición forzada. La sentencia de julio marca el primer cierre parcial. Pero el caso, como muchos casos del país, aún tiene capítulos por escribir.
A las familias: la justicia tardía sigue siendo justicia. Y a las colectivas que sostuvieron la búsqueda y la denuncia: gracias por no aflojar.
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